martes, 1 de junio de 2010
Contextualización
Se calcula que en el mundo han nacido cerca de tres millones de bebes por medio de las Técnicas de Procreación Humana Asistida (TPHA), que se refieren a la utilización de tecnología especializada que complementa o sustituye el contacto sexual, con el fin de realizar una fecundación. Uno de los métodos más frecuentes a los que recurren las parejas infértiles es al alquiler de vientres.
El procedimiento de alquiler de vientre se puede realizar a través de dos maneras: por Inseminación Artificial, la cual consiste en depositar directamente los espermatozoides en el tracto reproductor de la mujer (puede ser homóloga, si el cónyuge ha dado la esperma, o donante si se obtiene a través de un banco de semen); y por Fecundación In Vitro, es decir, que se extrae el espermatozoide del hombre y un óvulo de la mujer infértil para generar una fecundación que dará como resultado un embrión, luego éste es introducido en el vientre de la mujer que lo alquila। y lo gestará durante nueve meses. El día del parto, la mujer fértil debe entregar al bebé, según lo establecido en un contrato que con anterioridad se firma por las partes implicadas (entidad u organización tramítente, padres adoptivos y mujer que alquila el vientre).
A través este método muchas parejas infértiles, homosexuales o solteros han podido cumplir su deseo de ser padres. Pero así mismo, aún existe un marcado rechazo por parte de la sociedad actual frente a este tipo de tratamientos, siendo así que en muchos países esta práctica es ilegal. Por ejemplo, en España es prohibido este procedimiento, a pesar de tener un alto índice de parejas infértiles (15%). Igualmente en China, en donde a pesar del alto control de natalidad, las parejas llegan a pagar hasta treinta mil euros por un alquiler de vientre. Algunos países en los cuales esta práctica es legal son: Estados Unidos (4।000 mujeres han recurrido a este método, aunque en algunos Estados como Washington y New York es prohibido) México, Corea, Israel, Reino Unido, Hungría, Holanda. En Latinoamérica sólo Argentina y Brasil tienen leyes que cobijan este procedimiento. En Colombia, no existe alguna ley que apruebe esta técnica de reproducción asistida, porque ha sido limitada la exclusión de los “Tratamientos para la Infertilidad” en el Decreto 1938 de 1994, por lo que éstos métodos de reproducción asistida permanecen fuera del registro de Salud Reproductiva. Posteriormente este decreto fue reemplazado por el 806 de 1998, el cual ratificó dicha exclusión. Pero, según Jorge Ignacio Morales, Representante de la Cámara, en Colombia aunque estos procedimientos se realizan, no existe una regulación por parte del Estado, por lo cual se hace necesario aprobar un proyecto de ley que apruebe esta práctica con el fin de controlarla.
Según, la Secretaría de Senado, hasta el momento se han presentado dos proyectos de ley que buscaban aprobar la utilización de técnicas de reproducción humana asistida en el territorio colombiano। El primero es el 196 de 2008 presentado por Jorge Ignacio Morales (Ver Gaceta del Congreso 771 de 2008) y el segundo es el 037 de 2009 ( Ver Gaceta 609 de 2009) que fue presentado por el mismo Representante de la Cámara ante el Congreso de la República Los dos Proyectos de Ley tenían como objeto “establecer en todo el territorio nacional la práctica de la gestación sustitutiva, mediante las técnicas de reproducción humana asistida, así como establecer los mecanismos que permitan controlar la realización de esta práctica” .No obstante, los dos han sido retirados por iniciativa del propio autor.
Sin embargo, existen sectores de la población que se declaran en contra de esta práctica, porque consideran que el hecho de pagar dinero por un vientre para gestar un bebé se convierte en una negociación, y entonces se estaría comercializando con la vida।
Así mismo, la mayoría de las mujeres que alquilan su vientre, son personas de escasos recursos que acceden a este proceso con el fin de obtener un beneficio monetario। Y los tramitantes que se encargan de generar el vínculo entre los padres adoptivos y la mujer fértil, se quedan con gran parte de la suma de dinero acordada para realizar este procedimiento.
La falta de una legislación que controle esta práctica, permite una total libertad en la Web, ya que el Internet se ha convertido en un espacio publicitario para contactar a mujeres interesadas en alquilar sus vientres y a padres adoptivos que desean tener un hijo sin tantos trámites legales. En la Red se encuentran desde foros perfiles y grupos en las redes sociales, blogs y hasta páginas, que se funcionan como una sección de clasificados para aquellos que están interesados en el tema de alquiler de vientres.
El interrogante queda abierto ¿El alquiler de vientres es una técnica de reproducción humana asistida que le permite a muchas parejas y solteros tener hijos o es una práctica en la que se comercializa la vida de un ser humano?
Una mirada: Alquiler de Vientres
En Colombia es cada vez más frecuente la práctica de alquiler de vientres por parte de parejas infértiles que desean ser padres.
Por: Cynthia Pineda
En el mundo existen millones de parejas que no pueden tener hijos. Para ello, el alquiler de un vientre se convierte en una forma de vencer a la naturaleza por medio de la ciencia.
Las Técnicas de Procreación Humana Asistida (TPHA) se refieren a la utilización de la tecnología especializada que complementa o reemplaza el contacto sexual para que ocurra la fecundación. Entre ellas se encuentra la maternidad subrogada, o lo que comúnmente se le llama “alquiler de vientres”. Este proceso puede realizarse a través de dos maneras: por inseminación artificial (se deposita el esperma directamente en el tracto reproductor de la mujer) o por inseminación In Vitro (se extraen los óvulos de la mujer y se combinan con el esperma del hombre, de este modo la fecundación ocurre fuera del cuerpo y se obtienen los embriones que son trasladados al útero). Así mismo, se clasifican en: una inseminación homóloga (cuando a la pareja se le extraen los óvulos y la esperma respectivamente), o inseminación donante (cuando se hace a través de un banco de donación). Luego, la mujer que alquila el vientre gesta en su útero el bebé durante siete o nueve meses, según el caso, y el día del parto lo entrega a las personas que pagaron por este alquiler, renunciando ese mismo día a cualquier derecho legal sobre la criatura.
¿Cómo es el procedimiento?
En muchos países la práctica de alquiler de vientres está legalizada. Pero en Colombia existe un vacío jurídico, es decir que, este método no está legislado en la Constitución Política, razón por la cual ni se aprueba, ni se prohíbe. En países como Estados Unidos las parejas infértiles que recurren a este mecanismo, deben dirigirse a una agencia especializada. Algunas de ellas son: El Centro Internacional de reproducción asistida (IARC), el cual se encuentra legalmente funcionando en países como Estados Unidos, Alemania, Francia, Italia e Inglaterra; o la Agencia Californiana Surrogate Parenting Services (SPS), un programa internacional que está ubicado en el Sur de California, en Norteamérica. Estas agencias se encargan de buscar mujeres fértiles que tengan las capacidades físicas y psicológicas para alquilar su vientre. Así mismo realizan todos los trámites legales con el fin de que ellas no tengan posteriores inconvenientes.
En los países donde esta práctica aún no está legalizada, los padres recurren a contactar a la madre sustituta a través de medios como internet o agencias clandestinas que ofrecen este servicio sin una garantía de ley. Esta situación conlleva a que tanto padres potenciales como la mujer que alquila su vientre, estén expuestos a ser engañados por alguna agencia que desee lucrarse o que alguna de las partes incumpla con lo acordado, como por ejemplo que la madre sustituta no entregue el bebé al nacer o no se cancele la suma pactada por los contratantes.
A favor y en contra
Algunas de las parejas que recurren al procedimiento de la fecundación In Vitro o artificial, establecen una estrecha relación con la madre adoptiva, a tal punto que la acompañan durante todo el embarazo. No obstante, existen casos en los cuales se presentan conflictos entre las partes implicadas, porque algunas parejas desean estar en todas las etapas del embarazo y muchas veces la mujer embarazada no desea tener ningún contacto con los padres potenciales o viceversa.
Otro aspecto negativo es el costo, porque demanda mucha inversión por parte de la pareja infértil, razón por la cual se convierte en una opción muy limitada, porque sólo quienes disponen de la cantidad de dinero requerida pueden realizarlo (según datos de la agencia de subrogación gestacional y donación de óvulos Alternative Reproductive Resources, el total de gastos oscila entre unos cincuenta y cien mil dólares, más los gastos por indemnización de la madre, que son unos veinte mil dólares). Muchas veces, los clientes, además de pagarle una comisión a la agencia, deben cancelar los gastos médicos, la alimentación y la ropa de maternidad de la mujer fértil.
En otros casos, según el artículo “Embarazos por encargo a madres de Alquiler”, hay cierto temor por parte de la pareja en cuanto al recibimiento del bebé al momento de nacer, porque muchas veces la madre sustituta se encariña con el bebé y al final decide no entregarlo. Otro riesgo que se corre es que cuando el bebé no es en su totalidad de los padres adoptivos, es decir cuando la mujer que alquila su vientre dona también su óvulo, ésta puede llegar a tener un derecho legal sobre la criatura.
Lo que ocurre en Colombia
Según el artículo “Alquiler de vientres: un negocio en ebullición”, en Colombia, este procedimiento se está convirtiendo en un mecanismo más de trabajo y rebusque por parte de las mujeres de los estratos más bajos y marginados de la sociedad colombiana.
Así mismo, cada vez son más las páginas de Internet que publican clasificados de mujeres que desean alquilar su vientre y la mayoría de estas conexiones y avisos se hacen a través Foros y redes sociales como: Facebook, Tagged, Sónico, entre otras. Lo peligroso es que la información que se publica en estas páginas no está siendo controlada por las autoridades colombianas y, por lo tanto, se corren riesgos como incumplimiento en la cancelación del dinero, que la mujer fértil no entregue el bebé, que se presenten abusos verbales, que no exista una organización confiable, entre otros.
Para Bryan Ríos, médico ginecólogo y director del Centro de Fertilización de Medellín, el alquiler de vientres va en crecimiento porque hoy en día son más las parejas infértiles que ven en este método una oportunidad para ser padres biológicos. Así mismo sostuvo que durante sus treinta años de actividad profesional, ha visto muchas parejas que recurren a este procedimiento a pesar de no estar cobijada por ninguna ley, porque cómo él dice: “la ciencia descubre y avanza y la ética, viene detrás”.
Por: Cynthia Pineda
En el mundo existen millones de parejas que no pueden tener hijos. Para ello, el alquiler de un vientre se convierte en una forma de vencer a la naturaleza por medio de la ciencia.
Las Técnicas de Procreación Humana Asistida (TPHA) se refieren a la utilización de la tecnología especializada que complementa o reemplaza el contacto sexual para que ocurra la fecundación. Entre ellas se encuentra la maternidad subrogada, o lo que comúnmente se le llama “alquiler de vientres”. Este proceso puede realizarse a través de dos maneras: por inseminación artificial (se deposita el esperma directamente en el tracto reproductor de la mujer) o por inseminación In Vitro (se extraen los óvulos de la mujer y se combinan con el esperma del hombre, de este modo la fecundación ocurre fuera del cuerpo y se obtienen los embriones que son trasladados al útero). Así mismo, se clasifican en: una inseminación homóloga (cuando a la pareja se le extraen los óvulos y la esperma respectivamente), o inseminación donante (cuando se hace a través de un banco de donación). Luego, la mujer que alquila el vientre gesta en su útero el bebé durante siete o nueve meses, según el caso, y el día del parto lo entrega a las personas que pagaron por este alquiler, renunciando ese mismo día a cualquier derecho legal sobre la criatura.
¿Cómo es el procedimiento?
En muchos países la práctica de alquiler de vientres está legalizada. Pero en Colombia existe un vacío jurídico, es decir que, este método no está legislado en la Constitución Política, razón por la cual ni se aprueba, ni se prohíbe. En países como Estados Unidos las parejas infértiles que recurren a este mecanismo, deben dirigirse a una agencia especializada. Algunas de ellas son: El Centro Internacional de reproducción asistida (IARC), el cual se encuentra legalmente funcionando en países como Estados Unidos, Alemania, Francia, Italia e Inglaterra; o la Agencia Californiana Surrogate Parenting Services (SPS), un programa internacional que está ubicado en el Sur de California, en Norteamérica. Estas agencias se encargan de buscar mujeres fértiles que tengan las capacidades físicas y psicológicas para alquilar su vientre. Así mismo realizan todos los trámites legales con el fin de que ellas no tengan posteriores inconvenientes.
En los países donde esta práctica aún no está legalizada, los padres recurren a contactar a la madre sustituta a través de medios como internet o agencias clandestinas que ofrecen este servicio sin una garantía de ley. Esta situación conlleva a que tanto padres potenciales como la mujer que alquila su vientre, estén expuestos a ser engañados por alguna agencia que desee lucrarse o que alguna de las partes incumpla con lo acordado, como por ejemplo que la madre sustituta no entregue el bebé al nacer o no se cancele la suma pactada por los contratantes.
A favor y en contra
Algunas de las parejas que recurren al procedimiento de la fecundación In Vitro o artificial, establecen una estrecha relación con la madre adoptiva, a tal punto que la acompañan durante todo el embarazo. No obstante, existen casos en los cuales se presentan conflictos entre las partes implicadas, porque algunas parejas desean estar en todas las etapas del embarazo y muchas veces la mujer embarazada no desea tener ningún contacto con los padres potenciales o viceversa.
Otro aspecto negativo es el costo, porque demanda mucha inversión por parte de la pareja infértil, razón por la cual se convierte en una opción muy limitada, porque sólo quienes disponen de la cantidad de dinero requerida pueden realizarlo (según datos de la agencia de subrogación gestacional y donación de óvulos Alternative Reproductive Resources, el total de gastos oscila entre unos cincuenta y cien mil dólares, más los gastos por indemnización de la madre, que son unos veinte mil dólares). Muchas veces, los clientes, además de pagarle una comisión a la agencia, deben cancelar los gastos médicos, la alimentación y la ropa de maternidad de la mujer fértil.
En otros casos, según el artículo “Embarazos por encargo a madres de Alquiler”, hay cierto temor por parte de la pareja en cuanto al recibimiento del bebé al momento de nacer, porque muchas veces la madre sustituta se encariña con el bebé y al final decide no entregarlo. Otro riesgo que se corre es que cuando el bebé no es en su totalidad de los padres adoptivos, es decir cuando la mujer que alquila su vientre dona también su óvulo, ésta puede llegar a tener un derecho legal sobre la criatura.
Lo que ocurre en Colombia
Según el artículo “Alquiler de vientres: un negocio en ebullición”, en Colombia, este procedimiento se está convirtiendo en un mecanismo más de trabajo y rebusque por parte de las mujeres de los estratos más bajos y marginados de la sociedad colombiana.
Así mismo, cada vez son más las páginas de Internet que publican clasificados de mujeres que desean alquilar su vientre y la mayoría de estas conexiones y avisos se hacen a través Foros y redes sociales como: Facebook, Tagged, Sónico, entre otras. Lo peligroso es que la información que se publica en estas páginas no está siendo controlada por las autoridades colombianas y, por lo tanto, se corren riesgos como incumplimiento en la cancelación del dinero, que la mujer fértil no entregue el bebé, que se presenten abusos verbales, que no exista una organización confiable, entre otros.
Para Bryan Ríos, médico ginecólogo y director del Centro de Fertilización de Medellín, el alquiler de vientres va en crecimiento porque hoy en día son más las parejas infértiles que ven en este método una oportunidad para ser padres biológicos. Así mismo sostuvo que durante sus treinta años de actividad profesional, ha visto muchas parejas que recurren a este procedimiento a pesar de no estar cobijada por ninguna ley, porque cómo él dice: “la ciencia descubre y avanza y la ética, viene detrás”.
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